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30 July 2020

Ante el incremento de robos en la entidad, se modificó el Código Penal del Estado de Yucatán, por lo que los cerrajeros que faciliten sus herramientas o habilidades para que se perpetren estos ilícitos podrán ir a prisión por cinco años o ser acreedores de una multa de 50 a 500 días-multa.

El domingo 24 de julio se publicó en el Diario Oficial el Decreto 266/2020 por el que se reformaron los código de la Administración Pública de Yucatán y Penal del Estado de Yucatán, en materia de cerrajeros a través de la creación y mantenimiento de del Registro Único de Prestadores de Servicios de Cerrajería (Rupsc).

Al respecto el cerrajero, Miguel Gómez, que tiene un negocio en el sur de la ciudad, manifestó que el cerrajero actual se valora por su conocimiento en sistemas de seguridad de todo tipo, por su maestría y destreza a la hora de realizar su trabajo, pero sobre todo por su honradez.

Indicó estas medidas que se van a aplicar le parecen correctas, pero dijo que es importante que cuando alguien del gremio se vea envuelto en algún caso que se sospeche que es parte de un ilícito este se investigue a fondo.

“A nosotros nos solicitan el servicio porque se quedó la llave del coche dentro, se extravió la llave de la casa o del auto, por varios problemas, pero no pedimos la factura del coche o las escrituras de la casa para brindar la asistencia, por lo que estamos expuestos”, indicó.

Por su parte Luis Canto, que tiene una cerrajería a las afueras de un supermercado en el sur, aseguró que la honestidad es hoy más que nunca algo que se valora mucho en el perfil del cerrajero actual.

Dictamen

El dictamen aprobado establece que la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) deberá crear, operar y mantener actualizado el registro único de quienes se dedican a este oficio.

La persona que no esté dada de alta o no de aviso a las autoridades cuando se le solicite abrir una casa o un vehículo, se le deberá sancionar con el objetivo de disminuir los robos a casa habitación.

 El dictamen también establece que cuando una persona, aprovechándose de los conocimientos de cerrajería cometa, facilite o a sabiendas permita un ilícito mediante el uso de ganzúas, chorlas, llaves maestras o limadas o cualquier otro instrumento u objeto físico, scanner o cualquier otro dispositivo electrónico, destinado para abrir, bloquear, inhibir o forzar cerraduras o dispositivos de seguridad, se le impondrá una pena de prisión de uno a cinco años y hasta una multa de 50 a 500 días-multa.

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