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12 February 2020

La construcción del atracadero Molla Nero, en Playa Tortugas, propiedad de la empresa Business & Environment Balance S. A. de C. V., no solo viola el título de concesión de la Zona Federal Marítimo Terrestre, sino también el permiso otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

La obra, actualmente en proceso, se encuentra fuera de tiempo porque independientemente de las contravenciones en materia de permisos ambientales, la construcción autorizada por la Dirección General de Puertos y Marina Mercante de la SCT debió concluir en enero pasado.

La autorizada se obliga a iniciar y a concluir las obras en un plazo no mayor de 8 (ocho) semanas contados a partir del presente oficio y no podrá iniciar la operación de las mismas, sin previa autorización de esta Secretaría”, menciona la condición primera del oficio emitido el 29 de noviembre del año pasado.

Según el documento, en poder de Novedades Quintana Roo, el 4 de julio de 2019, Business & Environment Balance obtuvo del Ejecutivo Federal el Título de Permiso 2.16.19 para usar y aprovechar bienes del dominio público de la federación consistentes en la zona marítima.

Con el permiso en mano, la empresa inició ante la Dirección General de Puertos y Marina Mercante los trámites para que se le autorice el inicio de construcción, lo cual sucedió los últimos días de noviembre pasado.

Según ese oficio, firmado por Fernando Bustamante Igartúa, director general del área de la SCT, la obra debió iniciar y terminar durante las cuatro semanas de diciembre y las otras cuatro de enero, sin embargo, en el sitio se puede observar que únicamente se ha colocado un pedazo del muelle, incumpliendo así con la autorización de la autoridad federal.

El pasado 29 de enero, un ciudadano solicitó el amparo de la justicia federal para frenar las obras, que considera son totalmente violatorias a la concesión de la zona federal y a las normas ambientales.

Resulta necesario e imperante que su señoría realice el estudio de legalidad de la totalidad del trámite de solicitud de evaluación de manifestación de impacto ambiental, dado que es claro que en el mismo se observan omisiones e ilegalidades, tales como que el Proyecto en comento”, señala la demanda.

El primer argumento es que la obra se desarrolla en zona federal marítimo terrestre, donde está prohibido realizar construcciones, puesto que se trata una zona de uso exclusivo de protección ornato, sin autorización para realizar construcciones.

Otro es que el Proyecto restringe el libre tránsito de las personas, dado que la playa donde se ubica es muy estrecho; y además irrumpe y destruye el patrimonio paisajista, turístico y ambiental del lugar, “dado que el muelle se situada a la mitad de la playa, y prevé construcciones dentro del atracadero dos palapas con una aproximado de alto de un poco más de siete metros; que evidentemente obstaculizarán la vista”.

Las autoridades ambientales responsables de la autorización, tampoco tomaron en cuenta cuestiones como el hecho de que a menos de 400 metros se encuentra un muelle y está próxima a la marina.

La operación del muelle conllevará a una grave contaminación en el agua marina, dado que el simple trasiego de las embarcaciones generan contaminación respecto a la quema de combustible y residuos que puedan producir los particulares que utilicen las embarcaciones, lo cual transciende y afecta a los ecosistemas marinos y terrestres aledaños, dado el flujo de las corrientes marinas”, explica el recurso legal promovido.

La obra Molla Nero, incluye el arranque del atracadero, un andador, una recepción de dos niveles con palapa y techumbre de pastos secos, una plataforma octagonal en la que se instalará una segunda palapa de madera con techumbre de pastos secos, además de un área para operación de embarcaciones.

Autoridades acusadas

*Delegado Federal en el Estado de Quintana Roo
*Jefe de la Unidad de Gestión Ambiental Zona Sur
*Jefe de la Unidad de Planeación y Política Ambiental
*Jefes de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
*Entre otros a nivel local

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