En Cancún la discriminación delito tipificado en el artículo 132 del código penal PDF Print E-mail

08/octubre/2012

Salió de una tienda de conveniencia mientras hablaba por su celular dispuesto a caminar los 200 metros que lo separaban de su lugar de trabajo, de donde salió para comprar crédito para su teléfono, y terminó 24 horas arrestado por un delito que él desconoció; Iván Morales fue víctima no sólo de abuso de autoridad, sino como miles de personas en Cancún, del delito de discriminación por apariencia física, incluido desde 2010 en el Código Penal del estado, que pocos conocen y que desde esa fecha, tan sólo en Benito Juárez sólo se han levantado dos denuncias, y  ninguna de ellas llegó a manos de algún juez, por lo que algunos juristas la califican como letra muerta.

Iván, detalla tranquilamente cómo fue su más fuerte y reciente encuentro con la discriminación, recuerda que necesitaba hacer una llamada, pero al no tener saldo en su teléfono esperó a tener sus 10 minutos de descanso y fue a la tienda para comprarlo, a la puerta de la tienda empezó a hacer su llamada, avanzó sólo unos cuantos pasos hasta llegar a la esquina, donde se detuvo unos momentos, y así, de repente, sin más, una patrulla se estaciona junto a él, los policías bajan y lo obligan a subir a la misma "por actitud sospechosa"; pasa de esa patrulla a una segunda y luego a una tercera, nadie le explica nada ni le permiten hacer llamada alguna, "en uno de los cambios me dijo un policía que yo estaba bebiendo en la vía pública, pero cómo si estaba hablando por teléfono y ni aliento a alcohol tengo contesté, pero a nadie le importó".

Posteriormente es llevado a la cárcel y pasa 24 horas tras las rejas sin conocer el delito por el cual llegó ahí; "al tratar de explicarles que yo no había hecho nada, que estaba trabajando en la obra de al lado me dijeron que si estaba trabajando qué estaba haciendo en la esquina, les dije que había ido a hacer una recarga y después nadie me dijo nada; cuando me soltaron me dijeron que ya había cumplido con el tiempo que debía y que ya estuvo", por la circunstancia, tuvo que acudir de inmediato a su lugar de trabajo, para explicar su abrupta ausencia a sus jefes y evitar el despido, para inmediatamente retomar a su vida normal, "porque esto le puede pasar a cualquiera como yo", pues, dice con tono de resignación, que al ser albañil, "y estar todo sucio y lleno de mezcla" así son las cosas.

Lo sucedido a Iván es un delito, que de acuerdo con el artículo 132 del Código Penal se sanciona "con pena de dos a cuatro años de prisión o de 100 a 200 días de trabajo a favor de la comunidad y multa de 100 a 200 días", pues establece ello a todo aquel atente contra la dignidad humana por razón de género, edad, raza, estado civil, orientación sexual, idioma, ideología, discapacidades, condición social, condición de salud, religión, origen étnico o nacional, embarazo, trabajo o profesión, posición económica, características físicas o cualquier otra que limite, menoscabe, anule o ponga en riesgo, los derechos, libertades y seguridad de la persona; sanción que se duplicará en caso de que el que lo cometa sea un servidor público, pero para abogados como Miguel Ángel Pech Cen, ex subprocurador de Justicia en la zona norte, y Manuel Alcocer Herrera, presidente de la Barra de Abogados de Cancún, la dificultad de hacer cumplir esta ley radica principalmente en la falta de conocimiento de la población y después en comprobar el delito.

"El problema es que se necesita mayor difusión y que el Ministerio Público no ponga trabas para integrar una averiguación previa, que sean verdaderos investigadores y sensibilidad al respecto, porque con un sólo expediente bien consignado y que logre condenar a un culpable, servirá para que los demás se cuiden de cometer un acto de discriminación", aseveró Pech Cen; opinión en la que estuvo de acuerdo Alcocer Herrera, quien agregó que todas estas circunstancias, junto con lo subjetivo que es la interpretación de la ley, "convierten a este artículo 132, en letra muerta".

Al conocerlo, Iván Morales negó haber sufrido discriminación, después preguntó qué era exactamente eso, para después contar esta historia, que de acuerdo con el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), es evidencia de la necesidad de que cada estado cuente con una Ley contra la Discriminación, que se homologue a la decretada en 2003 a nivel nacional, pues asegura el presidente del organismo, Ricardo Antonio Bucio Mújica, un artículo en el Código Penal no es suficiente.

"Hay al menos cuatro tipos de acciones legales que son necesarias para completar un mapa jurídico adecuado, el primero es que esté armonizada la Constitución local con la federal en la definición de discriminación, luego tener una ley estatal que defina no sólo el delito, sino también lo que cada institución debe hacer para prevenirla, la tercera es la tipificación del delito que sólo existe en tres entidades federativas, incluido Quintana Roo, pero que en ninguna se ha dado una sola sentencia y la cuarta es que al existir dicha ley, puede ser una guía para que en otras leyes como la de transporte, seguridad social o salud", detalló.

Por ejemplo, en el mismo período de 2010 a la fecha, Conapred recibió 20 quejas (actos de discriminación cometidos por particulares) y nueve reclamaciones (actos de discriminación cometidos por servidores públicos) de Quintana Roo, pero dichos números, explica Bucio Mújica son bajos debido a la falta de difusión y a que la sociedad vive constantes actos discriminatorios que ha acostumbrado a vivir con ellos, y pero además comparó las consecuencias, pues Conapred no impone sanciones, sino da cursos para erradicar y prevenir la discriminación, por lo que insistió es necesaria una ley, ya que la aplicación del marco legal permite incidir tanto en la procuración como en la administración de justicia.

"Cuando existe una ley contra la discriminación no modifica las prácticas sociales de la población, pero sí determina acciones para que la autoridad encamine esfuerzos para que a  partir de las políticas públicas se prevenga la discriminación y se promueva un cambio cultural. En Quintana Roo no existe tal ley, por lo que no hay un organismo o consejo especializado en discriminación y esto implica  que no haya la promoción o revisión de las políticas públicas para evitar la discriminación".

Bucio Mújica reiteró que el mayor reto de la sociedad es un cambio en la forma en la que la sociedad ve, asume y entiende la discriminación, pues asegura "vemos como natural, dada y en algunos casos como necesaria una serie de prácticas sociales que vulneran los derechos de las personas y que las acepta tanto el que vulnera como el que es víctima", lo que ocasiona que en la mayoría de las veces éste las reproduce, aseveración que también encontró su mejor ejemplo en el propio Iván Morales, quien luego de mencionar que no recordaba "cuántas  veces me han pasado cosas como esas" y finalmente asumirse como víctima de discriminación se le preguntó cuántas mujeres albañiles conocía que tal vez hubieran pasado no sólo ese tipo de experiencias, sino tal vez peores, y en su respuesta dejó ver cómo él también forma parte de éste círculo vicioso al mencionar que casi no hay mujeres albañiles "porque no es trabajo para ellas, porque son otras las profesiones que ellas deben tener".


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